Extraer datos de la Sunat
Ingresaste un RUC, deseas importar los datos desde SUNAT?
Esta opción está disponible gracias a RUC.com.pe
Blog / Noticias
Guías de remisión en traslados portuarios: SUNAT no aplicará sanciones hasta abril de 2027
Publicado por NUBEFACT en ACTUALIZACIONES SUNAT • 02 noviembre 2026 05:58 PM
La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000049-2026-SUNAT/700000 establece la facultad discrecional de SUNAT para no sancionar determinadas infracciones relacionadas con las guías de remisión electrónicas (GRE) en operaciones de traslado de mercancías por terminales portuarios.
¿Qué cambia en la emisión de guías de remisión desde noviembre de 2026?
Desde el 1 de noviembre de 2026, los traslados de bienes que ingresan al país desde determinados terminales portuarios hacia almacenes aduaneros o locales temporalmente considerados zona primaria deben sustentarse con una GRE.
Esto se debe a la derogación de la excepción que permitía utilizar el ticket de salida del terminal portuario como sustento del traslado.
¿Qué establece la Resolución N.° 000049-2026-SUNAT/700000?
La medida aplica a los traslados que parten de los siguientes terminales portuarios:
- Callao
- Chancay
- Paita
- Salaverry
- Chimbote
- Pisco
- Matarani
- Ilo
El destino debe ser un almacén aduanero o un local temporalmente considerado zona primaria.
¿Qué infracciones no serán sancionadas y hasta cuándo?
La disposición contempla los siguientes supuestos, según el tipo de guía de remisión y la infracción detectada:
| Tipo de Guía | Infracción (Código Tributario) | Supuesto / Descripción | Período de Aplicación (Fecha de detección) |
| GRE – Transportista | Numeral 5 del art. 174 | Transportar bienes portando documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados guías de remisión. | 01/11/2026 al 30/04/2027 |
| GRE – Transportista | Numeral 5 del art. 174 | Transportar bienes habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados una GRE – Transportista. | 01/03/2027 al 30/04/2027
|
| GRE – Remitente | Numeral 9 del art. 174 | Remitir bienes portando documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados guías de remisión, o habiéndose emitido documentos que no reúnen los requisitos para ser considerados una GRE – Remitente. | 01/11/2026 al 30/04/2027 |
Consulta la resolución y adecúa tus procesos de emisión
La facultad discrecional de SUNAT no elimina la obligación de emitir las guías de remisión. Revisa los supuestos comprendidos en la norma y adecúa tus procesos.
Con NubeFacT, gestiona tus comprobantes electrónicos y mantente al día con las disposiciones de SUNAT.